EMBARCACIONES DE RECREO
Disfrute navegando a su gusto
Para que pueda disfrutar navegando a su gusto, tranquilo y con seguridad, damos una completa cobertura tanto a su embarcación de recreo, sea de motor o de vela, como a sus ocupantes.
Junto a los riesgos más comunes e imprevisibles provocados por la naturaleza, esta póliza garantiza también la reparación de los daños que se puedan producir por otras causas y cualquier circunstancia.
Responsabilidad civil obligatoria
Mediante el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria para Embarcaciones de Recreo o Deportivas (RD 607/1999), se establecen las condiciones y límites de la cobertura de carácter obligatorio.
Responsabilidad civil voluntaria
Esta modalidad permite adaptar los límites económicos de la cobertura a las necesidades del cliente. Además, amplía el ámbito de cobertura durante la estancia de la embarcación en tierra y su transporte por carretera.
Defensa jurídica
Abarca los gastos y costas judiciales y extrajudiciales inherentes a la gestión del siniestro cubierto por la póliza y su defensa, incluso ante reclamaciones infundadas.
- Defensa penal y fianzas.
- Reclamación a terceros.
- Asistencia jurídica telefónica.
Daños propios
Pérdidas o daños directos que pueda sufrir su embarcación durante la navegación:
Naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, incendio o explosión y otros riesgos de mar.
Ampliación de las coberturas:
Embarcación en tierra.
Transporte por carretera, carga y descarga.
Maniobras de entrada y salida del agua.
Actos vandálicos o malintencionados.
Fenómenos meteorológicos de carácter extraordinario.
Modalidades:
Limitada a la Pérdida Total o ampliada para todas las Averías Particulares (daños parciales). La suma asegurada se adaptará al valor real en mercado de la embarcación en el momento de contratar el seguro.
Robo
Sustracción ilegítima de la embarcación asegurada entera, de sus motores o accesorios de navegación, incluyendo daños por tentativa.
Ampliación cobertura a motores fuera-borda y embarcación auxiliar.
Gastos
Los incurridos para salvar la embarcación asegurada de su destrucción o desaparición.
Remoción de restos impuesta por la Autoridad.
Accidentes personales
Dirigida a todos los ocupantes de la embarcación, garantiza las indemnizaciones en caso de fallecimiento o invalidez permanente y los gastos de curación, a causa de accidente ocurrido a bordo, subiendo o bajando de la embarcación asegurada.
Asistencia
- Transporte terrestre o asistencia técnico-mecánica.
- Búsqueda y envío de piezas de repuesto.
- Alojamiento en espera, retorno de ocupantes y traslado para recoger la embarcación reparada.
- Repatriación sanitaria de heridos y enfermos, retorno anticipado por fallecimiento de familiar, soporte en caso de robo o pérdida de equipajes, adelanto de fondos.
- Remolcaje por asistencia marítima
Efectos personales.
Cobertura a primer riesgo de los daños materiales sufridos por los equipos y objetos personales de los ocupantes, a consecuencia directa de pérdida total, avería particular o robo subsiguientes al de la embarcación.